Junta de Gobierno Local

Composición, funciones y normativa

Son miembros de la Junta de Gobierno Local:

Presidente

Darío Moreno Lerga

Alcalde. Áreas de Igualdad, Medio Ambiente y Gabinete de Comunicación. PSPV-PSOE.

Miembros

María José Carrera Garriga

1ª Teniente de Alcaldía. Concejala de Personal, Promoción Económica y Hermanamiento. PSPV-PSOE

Guillermo Sampedro Ruiz

Concejal de Actividades, Juventud e Infancia, Memoria Histórica y Democrática, Patrimonio Cultural e Industrial. Esquerra Unida PV

Josep Francesc Fernández Carrasco

Concejal de Urbanismo y Vivienda. Coalició Compromís. Horario de atención: Miércoles a partir de las 13:00h. C/Camí Real, 65, 4ª Planta (Urbanismo).

Javier Raro Gualda

Concejal de Contratación, Movilidad Urbana y Hacienda (Intervención, Tesorería, Gestión Tributaria y Recaudación). PSPV-PSOE

Maria Asunción Moll Castelló

Concejala de Cultura, Fiestas y Cultura Popular. Coalició Compromís Horarios de atención: • Martes, de 12:30 a 14:30h (Cultura). C/ Camí Real 65,1ª planta. • Miércoles, de 12:30 a 14:30h (Fiestas). C/ Camí Real 65, 1ª planta.

Francisco Alejandro Sotoca Ruiz

Concejal de Servicios Sociales y Mayores. PSPV-PSOE

Josep Maria Gil Alcamí

Concejal de Nuevas Tecnologías, Mantenimiento y Aguas. Coalició Compromís Horarios de atención: • Lunes, de 12:00 a 14:30h (Ayuntamiento) C/ Autonomia 2, Despacho del Grup Municipal Compromís. • Martes, 12:00 a 14:30h (Edificio Manteniment) Carmen Conde s/n.

Ana María Quesada Arias

Concejala de Comercio y Mercados, Patrimonio y Participación Ciudadana. PSPV-PSOE

 

La Junta de Gobierno existe en los municipios con población de derecho superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su Reglamento Orgánico o así lo acuerde el Pleno del Ayuntamiento.

Composición

Está integrada por el Alcalde, que la preside, y Regidores denominados libremente por él como miembros de la misma. El número de Regidores miembros, no podrá ser superior al tercio del número legal de miembros de la Corporación.

Competencias

Es atribución propia e indelegable de la Junta de Gobierno, la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus funciones.

Así mismo, la Junta ejercerá las atribuciones que le delegan el Alcalde, el Pleno y aquellas que expresamente le asignan las leyes.

Calendario

La Junta de Gobierno celebrará sesión ordinaria todas las semanas a las nueve horas de cada viernes no festivo.

Documentación

Los documentos relacionados con la actividad de los órganos de gobierno se publican en la página web sin firmar en base al criterio interpretativo CI/004/2015, 23 de julio de 2015, adoptado conjuntamente por el CTBG y la AEPD. Los documentos originales son válidos y están debidamente firmados. Se puede consultar esta documentación en la sección correspondiente a cada órgano.​

Normativa

Arts. 20.1 b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Arts. 52, 53, 112 y 113 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Arts. 37 y 38 del Reglamento Orgánico Municipal (BOP número 35, de fecha 11/02/2009. Suplemento 1. Página 25. Sección Municipios)​.