Universidad Popular .Pliego de Preinscripciones Ténicas para prestación de servicios docentes

La Junta de Gobierno Local aprueba el pliego de preinscripciones técnicas para la prestación de servicios docentes
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El viernes día 13 de julio, la Junta de Gobierno Local del AYUNTAMIENTO ha aprobado EL PLIEGO DE PREINSCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DOCENTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 304 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011 DE 14 DE NOVIEMBRE  DE 2011, CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DOCENTE DEL ÁREA DE TRABAJO DE CURSOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POPULAR IMPARTIDOS ENTRE OCTUBRE DE 2012 Y MAYO DE 2013.
Plazo para presentar proyectos: del 13 al 18 de julio de 2012. 
   
 
DOCUMENTO INFORMATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DOCENTES DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 304 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011 DEL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2011, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO DE 14 DE NOVIEMBRE, CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DOCENTE DE CURSOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE SAGUNTO.
 
PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO. Este documento tienen como objeto la selección de los adjudicatarios de los contratos administrativos para la prestación de servicios docentes de cursos  y talleres de larga duración (octubre-mayo), que anualmente se incluye en la programación del curso 2012-2013 de la Universidad Popular. La modalidad de contratación de estos servicios docentes se realizará de acuerdo con el artículo 304, referente al régimen de contratación para actividades docentes, del Real Decreto Legislativo, de 14 de noviembre de 2011.
 
SEGUNDO. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
2.1. El plazo de vigencia del contrato se ajustará a aquello que especifica el área formativa correspondiente y atendiendo al número máximo de horas que se detalla en el anexo.
2.2. La fecha y los horarios concretos en los que se desarrollará el/los servicio/s objeto del contrato serán comunicados o  propuestos por  los contratantes y programados de acuerdo con las necesidades del servicio.
2.3. La ejecución de la actividad, además, está limitada a la matriculación de alumnos. Es un requisito imprescindible la matriculación de un mínimo de 14 alumnos para que pueda realizarse el curso.
 
TERCERO. PRECIO, PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN
3.1. El precio del contrato se fija de acuerdo con los siguientes precios unitarios máximos:
El pago del servicio docente prestado en cuanto a los cursos especificados se fija con treinta-tres euros totales  por hora (33 €/hora).
No podrá adjudicarse el contrato a cualquier oferta que incurra en baja desproporcionada o temeraria, de acuerdo con el artículo 152 del  Real Decreto  Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
 
CUARTA. EMPRESAS QUE PROPONEN Y DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR
4.1. Podrán presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no se encuentran comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
 
4.2. Además, de conformidad con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas que tengan una finalidad o desarrollen una actividad con relación directa con lo objeto del contrato, según resulta de sus estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
 
4.3. La presentación de proposiciones presume, por parte del empresario, la aceptación incondicionada de las cláusulas del contrato y la declaración responsable que posee todas las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
 
4.4. Las personas físicas interesadas en tomar parte en el presente procedimiento deberán acompañar a sus solicitudes la documentación acreditativa de los requisitos previos mencionados en el artículo 146  del  Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. La acreditación de la solvencia técnica y profesional deberá hacerse por medio de la documentación oportuna que acredite la titulación y la adquisición de conocimientos: currículum vitae de la/las persona/s que realicen el servicio docente y justificación mediante los méritos que se acrediten.
 
QUINTA. CONDICIONES PORMENORIZADAS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DOCENTE
1. Las actividades docentes propuestas se detallarán en un proyecto en el que deberán hacerse constar: los objetivos del curso, los contenidos temáticos, la programación y la periodicidad de esta, la metodología de trabajo, los recursos y el nivel educativo a quien se dirige el servicio, las reuniones de coordinación que se establezcan y el compromiso de presentar una memoria de balance una vez finalizado el curso.
 
2. Condiciones específicas de las actividades:
- Relación de actividades formativas a desarrollar y duración de cada una.
- Fecha de comienzo:
a) A partir del 15 de octubre de 2012,
b) Fecha límite de finalización de los cursos 28 de mayo de 2013.
No obstante, el Departamento de Cultura se reserva el derecho a especificar los horarios y las fechas de comienzo del curso.
- Fecha de finalización: la que corresponda con el número de horas especificado para cada curso, de acuerdo con el calendario escolar establecido para las actividades formativas de la Universidad Popular (octubre2012- mayo2013).
- Horario: el que se especifique en el proyecto adecuándolo a las necesidades del servicio y a los espacios.
- Dentro del plazo de presentación del proyecto, las empresas o personas físicas podrán visitar las instalaciones, para valorar las garantías para impartir la acción formativa;  para lo que deberán solicitar día y hora, al menos con dos días de antelación.
2. Las tareas concretas a realizar, adaptadas a las necesidades de cada servicio, serán genéricamente las siguientes: docencia de la actividad formativa, seguimiento y evaluación, presentación de la memoria final.
SEXTA. PROPUESTA DE PROGRAMACIÓN. PRESENTACIÓN DE UN PROYECTO DE PROGRAMACIÓN DEL CURSO O TALLER.
La propuesta de programación presentada tendrá los elementos suficientes de concreción de carácter operativo.
En la propuesta hay que especificar, los apartados siguientes:
1. Objetivos de la formación: tendrán un carácter operativo y su consecución deberá capacitar a los participantes para que puedan, individualmente o asociadamente, conseguir los aprendizajes.
2. Contenidos: se establecerá la relación de contenidos y de habilidades sobre los que se trabajará, adecuadamente secuenciados.
3. Actividades a desarrollar: mencionar la metodología de aprendizaje que se hará servir, con la finalidad de lograr la capacitación a la que aluden los objetivos. Algunas de las actividades propuestas podrán ser realizadas fuera del grupo de formación.
4. Recursos: se relacionarán los materiales y los equipamientos que se utilizarán a lo largo del curso o taller. Se incluirá su valoración económica, si fuera necesaria la adquisición.
5. Evaluación: se indicarán los instrumentos utilizados para valorar, como la participación del alumnado, la evolución de los aprendizajes y la consecución de los objetivos previstos.
6. Temporalización: se establecerá un calendario que permita conocer la situación aproximada en qué se encuentra la acción formativa.
 
SÉPTIMA. ANULACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS
La Universidad Popular se reserva el derecho de anular grupos  para los que no haya alumnado suficiente (un mínimo de 14 alumnos) o por otras razones objetivas también podrá reducir el número de horas de contratación correspondiente. En caso de anulación de la actividad por imposibilidad de prestación de servicio, no podrá reclamarse a la corporación indemnización por daños y perjuicios.
A la extinción de los contratos de servicios,  no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la entidad u organismo del sector público contratante (art. 301.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre)
 
OCTAVA. CRITERIOS DE SELECCIÓN
Se creará a efectos de selección una comisión técnica formada por dos miembros de Servicios Sociales y un miembro de la Área de la Mujer o un miembro del departamento de educación,  actuando como coordinadora del procedimiento la técnica de la Universidad Popular. Dicha comisión evaluará los proyectos y la documentación presentada. Se establecerán los siguientes criterios de selección:
 
Criterio 1: la comisión técnica evaluará les proyectos presentados hasta un máximo de  95 puntos teniendo en cuenta la innovación educativa y didáctica en la especialidad propuesta, así como la proyección social de los contenidos que debe adquirir el alumnado.
Criterio 2: se otorgará la máxima puntuación (0-5 puntos) a la oferta que presente el precio más bajo de los máximos propuestos y se valorarán proporcionalmente el resto de ofertas.
 
EL Ayuntamiento de Sagunto tiene un compromiso irrenunciable en la recuperación y el fomento del valenciano. Es por este motivo que se valorará positivamente el proyecto formativo que utilice el valenciano como lengua vehicular.
 
NOVENA. FORMA DE PAGO
El pago de los trabajos ejecutados se efectuará contra factura, expedida de  forma legal, y conformada por los servicios competentes del Ayuntamiento. La factura debe presentarse diferenciada, al menos, por los siguientes conceptos:
a) Identificación del organismo para el cual se realiza el servicio: Ayuntamiento de Sagunto. Universidad Popular CIF P-4622200-F. C/ Autonomía, 2, 46500 Sagunto.
b) Identificación de la empresa o persona física que realiza el servicio: NIF o CIF, domicilio fiscal, número de factura, fecha de factura.
c) Concepto: Título del curso, código del curso, fecha de la actividad, horarios y lugar de realización del servicio.
d) Total de horas, precio de la actividad aplicando la retención fiscal correspondiente.
e) Número de cuenta corriente para transferir el importe.
Se deberá especificar si el contratista está exento de IVA (haciendo referencia a la Ley y al artículo correspondiente). En caso de no estar exento, no alterará el precio de pago total especificado en la base tercera del presente documento.
 
DÉCIMA. PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
La documentación justificativa y el proyecto que se debe presentar irán acompañados de una instancia general del Ayuntamiento. La documentación se presentará en sobre cerrado. Se debe adjuntar fuera del sobre la instancia, y especificar las temáticas que presenta ajustándose al contenido de cada anexo.
El documento informativo del concurso se podrá recoger en el Departamento de Cultura (Camino Real, 65 - Sagunto) o en los registros del Ayuntamiento.
Toda la documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros del Ayuntamiento de Sagunto o del PROP, durante el plazo de 6 días naturales, contados a partir del mismo día de la publicación de este documento informativo, en la página web del Ayuntamiento de Sagunto y en el tablero de anuncios del Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Sagunto. Esta publicación se realizará en el momento de  la aprobación del documento por parte de la Junta de Gobierno Local.
También podrá presentarse por correo. En este caso, la persona o entidad interesada debe acreditar, con el justificante correspondiente, la fecha de imposición del envío a la oficina de Correos y comunicar al Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Sagunto por fax, télex o telegrama.
 
UNDÉCIMA. OBLIGACIONES LABORALES Y FISCALES  DE LA PERSONA O EMPRESA QUE CONCURSA A ESTE PROCEDIMIENTO
Las personas o entidades que concursan estarán obligadas al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral y de Seguridad Social, así mismo deberán estar al corriente de las obligaciones con la hacienda pública y la administración local;  el Ayuntamiento de Sagunto queda exento de la responsabilidad por este incumplimiento.
 
DECIMOSEGUNDA. NORMATIVA APLICABLE
Para aquello no previsto en estas bases, se tendrá en cuenta lo que dispone el Real Decreto  Legislativo   de 14 de noviembre de 2011.
DECIMOTERCERA. La participación en este concurso para realizar la prestación de servicios docentes objeto del contrato, implica la aceptación total de las condiciones informadas en este documento.